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DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 1 0 6 0 5
14 de octubre, 2009
DJ-1597-2009
Señor
José Rafael Torres Castro
Presidente
Consejo Directivo
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Estimado señor:
Asunto: No se emite criterio en relación con la gestión formulada por el Instituto Costarricense sobre Drogas, mediante el oficio PCD-ICD-281-2009 del 2 de setiembre de 2009, sobre la consulta presentada sobre el Informe de auditoría interna no. AI-001-009, “Informe Final sobre el Procedimiento, Control y Registro de los dineros utilizados en la Cuenta Gastos Confidenciales”.
Damos respuesta a su oficio no. PCD-ICD-281-2009 del 2 de setiembre de 2009, recibido en esta Contraloría General el 3 de setiembre de 2009, mediante el cual consulta sobre el Informe de auditoría interna no. AI-001-009, “Informe Final sobre el Procedimiento, Control y Registro de los dineros utilizados en la Cuenta Gastos Confidenciales”.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República No. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que el alcance de éste tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Como antecedente del caso señala que mediante oficio no. AI-0059 del 30 de abril de 2009, la auditora interna de esa entidad remitió al Consejo Directivo el Informe Final AI-001-2009 sobre el “Procedimiento, Control y Registro de los dineros utilizados en la cuenta de gastos confidenciales”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley General de Control Interno”.
Este informe fue conocido po ...
Fecha publicación: 12/10/2009
Fecha emisión: 09/10/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
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DIVISIÓN JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 07581
16 julio, 2009
DJ-0265
Señor
Mario Boraschi Hernández
Director General
Instituto Costarricense Sobre Drogas
Estimado señor :
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre el Instituto Costarricense Sobre Drogas y Corporación González y Asociados Internacional S.A., el servicio de seguridad y vigilancia (Licitación Abreviada 2009LA-000004-00200)
Nos referimos a los oficios DG-0276-2009 del 7 de julio de 2009 y DG 293-2009 del 15 de julio de 2009, relacionados con el documento de la referencia, suscrito el día 30 de junio de 2009, con un monto de ¢ 28.875.000 para el plazo inicial de cinco meses y prorrogable por cuatro períodos adicionales de un año cada uno.
Con vista del expediente se verificó la firmeza del acto de adjudicación, según comunicación que se hizo por medio Compra Red (folios 90 a 93 del expediente administrativo).
Por disposición del artículo 8 del Reglamento de Refrendos, se tiene por acreditado lo siguiente:
1- Consta al folio 99 certificación de contenido presupuestario para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato, por un monto de ¢38.223.000.
2- El contratista rindió la garantía de cumplimiento por monto de ¢ 6.930.000, según el folio 97 del expediente administrativo; y se encontraba al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social a la fecha de suscripción del contrato, con vista al folio 102-A.
3- Se cancelaron especies fiscales por un monto de ¢72.182, lo que se evidencia en el folio 103.
En este caso tenemos que conforme las reglas del cartel (punto 8.11), el plazo contractual es de un año prorrogable por periodos iguales; sin embargo, las partes acordaron en el contrato un período inicial de cinco meses, en virtud de que el plazo de un año contemplado en el cartel era para el presente período, por lo que se toma la determinación de contemplar en el contrato únicamente lo correspondiente al año presente (5 meses ...
Fecha publicación: 21/07/2009
Fecha emisión: 16/07/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06110
11 de junio, 2009
DAGJ-0873-2009
Señor
José Rafael Torres Castro
Presidente Consejo Directivo
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Estimado señor:
Asunto: Solicitud de criterio sobre la legalidad de la distribución de gastos confidenciales que realiza el ICD deconformidad con lo que establece el artículo 151 de la Ley 8204.
Damos respuesta a su oficio PCD-ICD-163-2009 de 03 de junio de 2009, mediante el cual remiten el acuerdo del Consejo Directivo del ICD No. Ext.004-02-2009, tomado en la sesión extraordinaria No. 2 de 21 de mayo de 2009, en el que solicitan criterio sobre la legalidad de la distribución de gastos confidenciales que realiza el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), de conformidad con lo que establece el artículo 151 de la Ley 8204.
Criterio de la División
El artículo 99 de la Ley N° 8204 señala que “… el Instituto Costarricense sobre Drogas será el encargado de coordinar, diseñar e implementar las políticas, los planes y las estrategias para la prevención del consumo de drogas, el tratamiento, la rehabilitación y la reinserción de los farmacodependientes, así como las políticas, los planes y las estrategias contra el tráfico ilícito de drogas y actividades conexas, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo. Dicho Instituto, como órgano responsable del diseño y la coordinación en la ejecución de las políticas para el abordaje del fenómeno de las drogas, la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo, coordinará con las instituciones ejecutoras de programas y proyectos afines en estas materias…”.
Al respecto, esta Contraloría General, en el informe Nº DFOE-PGA-60/2006 titulado “resultados del estudio sobre el manejo de los gastos confidenciales en el Instituto Costarricense sobre Drogas”, concluyó que del texto transcrito se deriva la existencia de una área represiva en el ámbito de compete ...
Fecha publicación: 13/06/2009
Fecha emisión: 10/06/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ADMISIBILIDAD Y VALORACION DE LA CONSULTA
Tesauro: Partida Presupuestaria
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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº. 04033
21 de abril de 2009
DCA-1154
Señor
Mauricio Boraschi Hernández
Director General
Instituto Costarricense sobre Drogas
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato de permuta suscrito por el ICD y Purdy Motors S.A, Licitación Pública 2008-000003-99900 por un monto de $231.795.00.
Nos referimos a su oficio No DG-0113-2009 del 11 de marzo de 2009, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el contrato de permuta suscrito por el ICD y Purdy Motors S.A. Licitación Pública 2008-000003-99900
1) Es responsabilidad de esa Administración la certificación de contenido presupuestario por el monto de ¢48.000.000, emitida por la señora Bernardita Marín Salazar Jefe de la Unidad Administrativa Financiera, con fecha 10 de marzo de 2009. (ver folios 209 del expediente administrativo )En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la acreditación del presupuesto, que su monto sea suficiente, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es también de su responsabilidad, el haber verificado que la empresa contratista se encontrara al día con el pago de las cuotas obreras y patronales en el momento de suscripción de este contrato. (ver folio 201 del expediente). De previo a dar la orden de inicio y durante el plazo contractual la Administración deberá velar porque se cumpla con lo establecido en el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social, el cual establece que se deberá estar al día en sus obligaciones con la CCSS. Lo anterior de conformidad también con la cláusula 18 del cartel
3) Es de su obligación el velar que se mantenga al día la garantía de cumplimiento por el periodo exigido por el cartel. Sobre este particular llamamos la atención de la Administración de ...
Fecha publicación: 24/04/2009
Fecha emisión: 21/04/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº. 01632
11 de febrero de 2009
DCA-0498
Señor
Mario Boraschi Hernández
Director General
Instituto Costarricense sobre Drogas
Estimado señor:
Asunto: Se imprueba el contrato de permuta suscrito por el ICD y Purdy Motors S.A, Licitación Pública 2008-000003-99900.
Nos referimos a su oficio No DG-009-2009 del 08 de enero de 2009, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el contrato de permuta suscrito por el ICD y Purdy Motors S.A. Licitación Pública 2008-000003-99900
Sobre el particular, lamentamos devolver sin el refrendo correspondiente el citado documento por las siguientes razones:
1) De conformidad con el documento suscrito por la señora Bernardita Marín Salazar, jefe de la Unidad Administrativo-Financiera de ese Instituto, visible al folio 200 del expediente y por conversación telefónica con ella, el presupuesto para esta contratación se encontraba aprobado en el Presupuesto Extraordinario 03-08, pero esos recursos no fueron ejecutados por lo que se incorporaron al superávit libre hasta el 31 de diciembre de ese año y serán incorporados bien a un presupuesto extraordinario de este año o bien a una modificación externa. Así las cosas hasta tanto no se cuente con la disponibilidad presupuestaria suficiente y disponible no será posible aprobar esta contratación.
2) Por otra parte, vemos que la oferta de los vehículos fue realizada en dólares americanos (folio 129 del expediente), la adjudicación realizada por el Consejo Directivo del ICD fue realizada en dólares americanos por $231.795 y el contrato dispone en su cláusula cuarta que el “...valor total es de $231.795, es decir la suma de ¢130.036.995 al tipo de cambio de venta del dólar en el momento de la adjudicación de la oferta (561), precio que es firme y definitivo y libre de impuestos...” La cláusula Quinta establece que el ICD se compromete a cancelarle ...
Fecha publicación: 14/02/2009
Fecha emisión: 11/02/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS